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Recordatorio para cumplir: Medidas sanitarias prohíben realizar eventos deportivos profesionales y aficionados

Recordatorio para cumplir: Medidas sanitarias prohíben realizar eventos deportivos profesionales y aficionados
Esta norma fue publicada este jueves en el Diario Oficial.

- [Documento en PDF] Revisar la publicación en el Diario Oficial

En el Diario Oficial de la República de Chile se publicó este jueves 7 de mayo las normativas que le confiere el estado de emergencia a las autoridades sanitarias del país. Y una de ellas apunta directamente a la práctica de deportes, de manera profesional o aficionada, incluyendo obviamente al Rodeo y todas las disciplinas ecuestres.

Se prohíbe su realización en cualquier tipo de instancia, como competencias deportivas o reuniones particulares, informales o pichangas.

La resolución N° 327 del 6 de mayo del Ministerio de Salud y a la Subsecretaría de Salud Pública "dispone las medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19".

Esto detalla textualmente:

"Reitérese la prohibición de celebrar eventos deportivos, profesionales y aficionados, según lo dispuesto en el numeral 28 de la resolución exenta Nº 217, de 2020, del Ministerio de Salud".

"Se entenderá por evento deportivo cualquier actividad que congregue a más de 10 personas en un recinto o establecimiento, considerando toda la extensión de aquellos. Asimismo, prohíbase el desarrollo de cualquier actividad deportiva en espacios cerrados destinados a dichas prácticas, que usualmente se encuentran abiertos al público general".

El texto oficial también responde algunas preguntas que todo el mundo corralero se hace.

¿Hasta cuándo se extiende estas medidas? La normativa sanitaria indica: "Déjese constancia que las medidas dispuestas en esta resolución podrán prorrogarse si las condiciones epidemiológicas así lo aconsejan".

¿Qué ocurre si no se respeta la normativa? Cae el peso de la ley y así se indica en el Diario Oficial: "Déjese constancia que el incumplimiento de las medidas impuestas por la autoridad en virtud de esta resolución y las resoluciones señaladas en el numeral anterior serán fiscalizadas y sancionadas según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, así como en lo dispuesto en el Código Penal, cuando corresponda".

Las recomendaciones de la Federación del Rodeo y de la Federación Criadores de Caballos Raza Chilena son respetar las normativas sanitarias, cumplir con el máximo rigor las cuarentenas y tratar de no salir de casa si no es estrictamente necesario.  

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