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Revisa las circulares 23 y 24 de la Federación del Rodeo Chileno

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FEDERACION DEL RODEO CHILENO

CIRCULAR  N° 23

                                                                                                              SANTIAGO, 13 de octubre  de 2016

 A:   SEÑORES PRESIDENTES DE ASOCIACIONES DEL RODEO CHILENO

DE:  FEDERACION DEL RODEO CHILENO

REF. :  TABLA DE SANCIONES POR FALTAS  REGLAMENTARIAS  AL ART. 242 –  DEFINITIVA – ANULA CIRCULAR N° 18 DEL 24 de AGOSTO DE 2016

­­­­­­­­­­­­­­­

Estimados Presidentes:

En reunión General de Directorio del 11 del presente se revisó la Tabla de Sanciones por Faltas Reglamentarias al Art. 242 enviada en Circular N° 18 del 24/08/16, acordando modificarla y dejar NULA  la Circular mencionada.( N° 18)

Adjuntamos  nueva  la Tabla de Sanciones por Faltas Reglamentarias al Art. 242,  DEFINITIVA.

Tabla de Sanciones para las faltas reglamentarias al artículo 242

Porcentaje del ganado que no cumple con el peso reglamentario

Sanción

Más del 50%

Rodeo Nulo, el próximo Rodeo con Delegado Rentado. En dicho Rodeo no se aceptará ningún novillo bajo peso. La reincidencia será motivo para sancionar por el resto de la Temporada a todos los socios del Club o Asociación organizadora*

11% al 49%

3 fechas de Delegado Rentado + 3 fechas de castigo para los socios del Club o Asociación organizadora*

Menos del 10%

1 fecha de Delegado Rentado + 1 fecha de castigo para los socios del Club o Asociación organizadora*

 

*Los socios del Club/Asociación organizadora no pueden salir a correr en las siguientes fechas del calendario

Agravantes   (aumentan en un grado la pena)

  1. Ganado bajo peso en la Serie de Campeones.
  2. Ganado bajo peso en Rodeos de Primera Categoría.
  3. Series adicionales sin contar con ganado suficiente o bajo peso, en cualquier categoría de Rodeo.

 

Agradecemos transmitir  esta  informar a los clubes y socios de su asociación a la brevedad.

Atentamente saludamos,

FELIX ORTIZ SALAYA

Gerente General.


 

CIRCULAR N° 24

   SANTIAGO,  14 de octubre de 2016

 A:       SEÑORES PRESIDENTES DE ASOCIACIONES DEL RODEO CHILENO

DE:     FEDERACION DEL RODEO CHILENO

REF.    MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS, ACUERDOS DE REUNION PRESIDENTES DE ASOCIACIONES DEL 30 DE AGOSTO DE 2016.

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Estimados Presidentes de Asociaciones del Rodeo Chileno:

A fin de perfeccionar las medidas sobre el bienestar animal y de acuerdo a la reunión sostenida con los Sres. Presidentes de Asociaciones, y de conformidad con la Política de Bienestar Animal de nuestra institución el Directorio de la Federación del Rodeo Chileno da a conocer las modificaciones reglamentarias que serán implementadas en la presente Temporada.

Estas normas regirán para todo el recinto y en todo momento, ya sea antes, durante o después de terminado el Rodeo.

1. En todos los Rodeos deberá haber un médico veterinario que certifique el cumplimiento de las normas de bienestar animal (vigencia desde el 01 de noviembre del 2016).

2. Se elimina el concepto de “Atajada sin Remate” y se sustituye por “Atajada no Definida”.

3. El golpe indebido en la atajada cuando el novillo ya se ha dominado no incluyendo dentro de esta sanción la defensa de la atajada, o en cualquier lugar de la medialuna, se sancionará con un punto malo. La reincidencia se sancionará con la eliminación del Rodeo (a excepción de las faltas producidas, en las dos o tres vueltas en el apiñadero, al inicio de la carrera).

4. Prohibición absoluta del jinete de tocar al novillo con la mano, salvo en caso de accidente o fuerza mayor. Eliminación de la serie y en caso de reincidencia eliminación del Rodeo.

5. En caso de sangramiento en cualquier parte del caballo, ya sea boca, costillas, etc., deberá brindarse la atención correspondiente a la cabalgadura. Si una vez efectuada la atención continúa el sangramiento el caballo no podrá seguir participando en la serie.

6. Los sofrenazos se sancionarán con la eliminación del Rodeo. Se entenderá para estos efectos por Sofrenazo, la acción efectuada por el jinete a través de un tirón de la o las riendas estando estas sueltas.

7. Botar al novillo en la medialuna será sancionado con 1 punto malo y la reincidencia con la eliminación del Rodeo.

8. El Presidente del Club o Asociación organizadora del Rodeo será el responsable de determinar la cantidad de vueltas que den los novillos en el apiñadero, las que no podrán ser menos de dos ni más de tres, estas deberán anunciarse al inicio de cada serie. Para esta decisión el Presidente del Club o Asociación organizadora deberá tener en consideración los objetivos y principios generales de la Política de Bienestar Animal de la Federación del Rodeo Chileno. En todos los Rodeos, todo novillo overo negro de peso igual o inferior a 350 kilos se correrá a dos vueltas, sobre este peso se correrá a dos o tres vueltas. Para determinar el peso de un lote, se considerará el peso del novillo de menor tamaño y gordura.

En caso que el Directorio de la Federación aprecie que esta norma no fue utilizada correctamente en relación al ganado corrido, el Club o Asociación organizadora recibirá como sanción cinco fechas sin poder realizar Rodeos bajo este sistema, en tanto sus socios no podrán participar en Rodeos por dos fechas.

9. Los Clubes que opten a la Certificación de su Rodeo (Art. 358 bis) lo podrán hacer solo si cumplen con el requisito de realizar el Rodeo en la medialuna de la comuna, más 250 personas de público presente en la Serie de Campeones del respectivo Rodeo o a través de un proyecto de vinculación con la comunidad, previa aprobación por el Directorio de la Federación.

Cuando el Rodeo se realice en una medialuna que no es de la comuna, deberá cumplir con 350 personas de público presente en la Serie de Campeones del respectivo Rodeo o a través de un proyecto de vinculación con la comunidad previamente aprobado por el Directorio de la Federación.

Esta norma se aplicará a partir del 15 de febrero 2017.

10. Todos los Rodeos de Primera Categoría serán con Delegado Rentado o con un Delegado validado por la Gerencia Deportiva de la Federación del Rodeo Chileno, se exceptúa de esta norma a las asociaciones Arica y Tarapacá, Norte Grande, Aysén y Magallanes.

Es de vital importancia, difundir estos últimas modificaciones reglamentarias  a los clubes y socios de su Asociación.

Saludamos muy atentamente,

FELIX ORTIZ SALAYA

Gerente General.

 

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